Regulación de los centros escolares. Órganos educativos.
En Andalucía, los centros escolares IES se encuentran regulados por el decreto 327/2010 del Reglamento Orgánico. Entre los artículos importantes encontramos:
- Artículos 9-11, donde se determinan las funciones y derechos del profesorado
- Artículos 21-23, donde se detalle el plan del centro, que tiene una validez de hasta 4 años (lo que tarda el equipo directivo en renovarse)
- Artículos 26-29, donde se especifica el proyecto educativo, el ROF (Reglamento de Organización y Funciones de una Entidad) y el Proyecto de Gestión.
En cuanto a los órganos escolares, encontramos dos órganos colegiados:
- El Consejo Escolar, en representación de la comunidad educativa. Dentro del Consejo Escolar ay representación de padres, profesorado y PAS, alumnado, equipo directivo, representantes municipales y, en determinados centros, sindicatos y empresa.
- El Claustro de Profesorado, donde se especifica el Proyecto Educativo
Al igual, hay distintos órganos de coordinación pedagógica:
- ETCP (Equipo técnico) y CCP (Comisión de Coordinación Pedagógica). Cuenta con un representante de cada área (Socio-lingüística, científico-tecnológica, artística, área FP), el departamento de orientación, de FEI (Formación, Evaluación e Innovación Educativa), el director, el jefe de estudios y la vicedirectora. Se encargan de comunicar al claustro propuestas concretas, como por ejemplo la integración bilingüe del centro.

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